martes, 4 de noviembre de 2008

Cognición interpersonal y conducta antisocial

Foto editada por scoutaleman

"La influencia de la situación o circunstancias en la conducta del individuo está mediatizada, en buena medida, por los procesos cognitivos, por su forma de pensar y ver la realidad. Son numerosas las teorías cognitivas afines a los planteamientos del aprendizaje social que han resaltado el rol que desempeña la cognición en el ajuste conductual y emocional del individuo, resaltando que algunos delincuentes difieren de los no delincuentes en algunos aspectos de su funcionamiento cognitivo (v. Garrido y López, 1995; López y Garrido, 1999).

Pero el término cognición, como comentamos anteriormente, no es un término preciso. Se ha usado de muchas formas por diferentes autores: por cognición se ha entendido cómo razona el sujeto, cómo piensa, cómo afronta los problemas, cuáles son sus atribuciones, expectativas o autoevaluaciones..., aspectos que en definitiva permiten acercarnos al modo cómo el sujeto delincuente se comprende a sí mismo y al mundo que le rodea.

En una revisión comprehensiva de la literatura cirminológica, psicológica, sociológica y educativa sobre la cognición social en poblaciones criminales, Ross, Fabiano, y Garrido (1990) observaron que numerosos autores que habían investigado sobre la cognición, habían empleado un número muy amplio de términos distintos para referirse a los mismos aspectos del funcionamiento cognitivo. Por ello decidieron no ofrecer una definición de cognición, sino emplear esta noción como una guía para buscar información sobre actividades cognitivas relacionadas con el comportamiento delictivo (razonamiento, solución de problemas, toma de decisiones, pensamiento crítico, resolución de conflictos, conducta de elección, razonamiento moral, estilo cognitivo...). De hecho, en su investigación, estos autores encontraron diversos estilos cognitivos que caracterizaban a los delincuentes: por ejemplo,
  • se presentaban como sujetos con poca capacidad de autocontrol y por tanto impulsivos (no reflexionan entre el impulso y la acción),
  • con locus de control externo, con dificultad para apreciar los puntos de vista de otras personas (baja empatía), y
  • con escasas habilidades cognitivas para solucionar problemas interpersonales.
Ya sabemos que este modelo cognitivo de la delincuencia no se oferta como una explicación teórica pero sí ofrece elementos de reflexión importantes sobre el comportamiento delictivo. Seguiremos las categorías cognitivas señaladas en este modelo, teniendo en cuenta que la clasificación es arbitraria y no excluyente entre las distintas categorías.

Autocontrol-Impulsividad La mayor parte de personas que ha trabajado con delincuentes es consciente de que algunos son muy impulsivos; que no logran detenerse y pensar antes de actuar. Es decir, cuando una idea o un deseo les impresiona responden inmediatamente, sin pararse a considerar si deberían responder o cómo deberían hacerlo. Cuando se encuentran con un problema, una tentación o un conflicto es muy probable que reaccionen sin reflexionar. Fallan también en inhibir sus respuestas, en darse un tiempo para calcular el mejor curso de acción o para considerar las consecuencias probables de su conducta. Muchos jóvenes violentos no razonan, sino que responden. (...)

Pensamiento abstracto contra pensamiento concreto. Si los delincuentes poseen una forma de pensar o razonar orientada a la acción en lugar de a la reflexión, podemos decir igualmente que poseen un pensamiento concreto más que abstracto, lo que explicaría su inmediatez de respuesta y ausencia de planificación en todas las situaciones que exijan un curso de acción. (...)

Rigidez cognitiva. La falta de razonamiento abstracto se asocia a su vez con la "rigidez cognitiva", entendida como la tendencia a mantener una misma idea a pesar de que haya evidencia contraria o de hacer hincapié exclusivamente en los aspectos de la realidad que concuerdan o confirman las expectativas o convicciones personales. (...)

Locus de control. Se refiere al lugar donde los individuos ubican los determinantes de las cosas que a ellos les pasan. Decimos que una persona tiene locus de control interno cuando se siente responsable de lo que le sucede en la vida, se siente agente decisorio en las recompensas y castigos derivados de sus actos. Si por otra parte, una persona cree que tiene poco dominio sobre las circunstancias, y que todo depende del destino o de aspectos externos más allá de su control, se dice que posee un locus externo. Mientras que los "internos" perciben que lo que hacen en la vida está determinado por factores que están en ellos mismos, como la habilidad o el esfuerzo, los jóvenes que son "externos" creen que lo que les ocurre está determinado no por sus esfuerzos o habilidades, sino por la suerte u otros factores externos como las acciones de otras personas que tienen el poder o la posición para controlarlos (Sobral, Romero, Luengo y Marzoa, 2000; López y Garrido, 2001). (...)

Egocentrismo. El pensamiento egocéntrico es probablemente el factor cognitivo más importante asociado al comportamiento antisocial. Muchos delincuentes no han superado cognitivamente el nivel de desarrollo egocéntrico, por lo que no son capaces de distinguir entre su propio estado emocional, pensamientos y percepciones, y los de los demás. Ven el mundo únicamente desde su propia perspectiva y se encuentran limitados para comprender la de otras personas. No han aprendido a considerar cómo piensan y sienten los otros, simplemente ignoran otros puntos de vista. Su conocimiento interpersonal se limita a juzgar a los demás a través de características concretas y manifiestas como la apariencia y la conducta, sin considerar características encubiertas como los sentimientos y pensamientos. (...)

Solución cognitiva de problemas interpersonales. Un ajuste social adecuado requiere la capacidad de enfrentarse con éxito a las situaciones problemáticas que puedan surgir en la interacción con otras personas, y los procesos cognitivos son fundamentales en la comprensión, mediación y resolución de estos conflictos interpersonales. (...)

Valores. Existen diferencias entre los valores compartidos por delincuentes juveniles y no delincuentes. Los primeros prefieren valores de carácter personal, como "tener una vida cómoda", "sentir placer", "tener armonía interna", etc, mientras que los segundos anteponen vlores de carácter social como "tener verdadera amistad" y "ser responsables". Los delincuentes tienen una mayor capacidad para la tolerancia de la conducta ilegal, es decir, "comprenden" mejor que la gente pueda cometer delitos (López y Garrido, 2001). (...)

Razonamiento crítico. El comportamiento de los delincuentes no parece tener damasiado sentido si tenemos en cuenta que conocen las limitadas recompensas y considerables pérdidas que sus acciones probablemente producirán. Muchos son descritos como jóvenes que corren riesgos, como "buscadores de estimulación", personas claramente optimistas sobre los beneficios que reportará su conducta. Pero este comportamiento no es un reflejo de su temperamento, es más bien el resultado de un déficit en su razonamiento crítico. Concretamente, fracasan en la valoración crítica de la información que tienen acerca de las posibles recompensas y riesgos evidentes de sus acciones. (...)

GARRIDO GENOVÉS, VICENTE y LÓPEZ, MARÍA JESUS (2005) "Manual de intervención educativa en readaptación social. Vol. 2 Los programas del pensamiento prosocial. Valencia: Editorial Tirant Lo Blanch. (Págs. 22 a 32).

martes, 28 de octubre de 2008

Actividad de Aula nº 2

Capítulo 1.- LA SITUACIÓN DE RIESGO.

IV. RECURSOS Y MEDIOS ADECUADOS PARA INTERVENIR EN LAS SITUACIONES DE RIESGO.

MARTÍNEZ GARCÍA, C. (Coord.) (2007) LOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE MENORES EN LA ESPAÑA DE LAS AUTONOMÍAS. Situación de riesgo y desamparo de menores. Acogimiento familiar y acogimiento residencial. (Págs 62 a 92).

  1. Diagnóstico sobre la situación de los recursos disponibles para intervenir ne las situaciones de riesgo.
  2. Prevención primaria, secundaria y terciaria.
  3. Trabajo interdisciplinar.
  4. Las nuevas realidades: introducción.
  5. Conciliación de la vida familiar y laboral: el difícil camino hacia la educación razonable.
  6. Tecnologías de la Información y la Comunicación: usos adecuados e inadecuados.
  7. El lado oscuro de la cultura de la noche: drogas y alcohol.
  8. Trastornos del comportamiento alimentario.
  9. Violencia juvenil: violencia escolar, bandas juveniles, violencia intrafamiliar y violencia entre iguales.
  10. Hijos víctimas de crisis de convivencia de sus progenitores o rupturas matrimoniales conflictivas.
  11. Fracaso escolar y absentismo.
  12. Menores extranjeros.

TRABAJO A REALIZAR EN PEQUEÑO GRUPO.
  • Realización de un esquema del contenido para exponer en clase.
  • Realización de 2 preguntas test para el examen.
  • Tiempo de realización: clases teóricas: miércoles 29 de octubre y martes 4 de noviembre de 2008.
  • Exposición en la clase teórica miércoles 5 de noviembre de 2008.
  • Enviar power point de la exposición con el nombre de los participantes.



martes, 14 de octubre de 2008

Actividad de Aula nº 1

  1. Miércoles 8 de octubre película: "BARRIO".
  2. Juzgado de Menores: El Magistrado Juez Sr. Emilio Calatayud (Ver vídeo en la barra de vídeos de este blog).
  3. Lección Magistral (1) del Magistrado Juez Sr. Emilio Calatayud
  4. Lección Magistral (2) del Magistrado Juez Sr. Emilio Calatayud
  5. Comentario Personal (por escrito)

lunes, 13 de octubre de 2008

Práctica 2

  • Capítulo 1. BREVE HISTORIA DEL ACOGIMIENTO RESIDENCIAL. (Págs. 21 a 38)
  • Contesta a las preguntas que aparecen en la pág. 21.
  • FERNÁNDEZ MILLÁN, J.N.; HAMIDO MOHAMED, A. y FERNÁNDEZ NAVAS, M. (2007) "El Educador Social de Menores. Cuaderno de Aprendizaje".Madrid: Editorial Pirámide.
Nota.- Las prácticas se entregarán 1 mes antes de la fecha oficial de examen.

jueves, 2 de octubre de 2008

Práctica 1

Las Comunidades Autónomas tienen competencia en materia de Asuntos Sociales y por ello, competencia en materia de Protección de Menores: Tutela de menores.

La Ley Orgánica 8/2006 de responsabilidad Penal del Menor regula las medidas sancionadoras y educativas a aplicar por parte del Magistrado de Menores, concernientes a los delitos cometidos por los menores de edad (de 14 a 18 años).

En las diferentes Comunidades Autónomas la materia concerniente a Protección de Menores es competencia de la Consejería de Asuntos Sociales y en materia de Responsabilidad Penal de Menores existen Comunidades en que la Consejería competente es Justicia. Aunque existen Comunidades Autónomas que la Consejería de Asuntos Sociales tienen las dos competencias.

Busca información en las web de las Comunidades Autónomas para saber quién tiene la competencia de protección de menores y de responsabilidad penal del menor.