Un Programa de ordenador para detectar precozmente adolescentes con tendencias asesinas.
El papel de la impulsividad en las conductas asesinas.
Violencia sexual entre compañeros y violencia entre parejas adolescentes.
La personalidad como factor de vulnerabilidad a la conducta antisocial durante la adolescencia
Predicción del riesgo de homicidio y de violencia grave en la relación de pareja.
¿Qué pueden hacer los padres para prevenir los problemas de violencia en la escuela y fuera de ella?
miércoles, 27 de mayo de 2009
martes, 26 de mayo de 2009
Materiales para Educadores Sociales
El Portal de la Educación Social: Eduso.net
Revista de Educación Social: Res
Res: Los Colegios Profesionales de educadoras y educadores sociales.
Res: Infancia y Educación Social.
Res: Mediación.
Res: Educación social y personas con discapacidad.
Res: Educación social y Políticas Sociales.
Res: Educación social y Animación Sociocultural.
Res: Educador social y Trabajo con la Comunidad.
Res: Educador social y Personas Mayores.
Res: Salud Mental y Educación social.
ASEDES: Asociación Estatal de Educación social.
V Congreso Estatal de educadoras y educadores sociales
Código Deontológico
I Convenio Colectivo Marco Estatal de Acción e Intervención Social
Declarado nulo el I Convenio Marco
Funciones y competencias del Educador Social: Libro Blanco de la ANECA
Ley 1/2001, de 22 de enero de creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales.
Estatutos del Colegio de Educadores Sociales de Galicia: Decreto 144/2004 , de 17 de junio. DOG nº 132 Viernes, 9 de julio de 2004.
Revista de Educación Social: Res
Res: Los Colegios Profesionales de educadoras y educadores sociales.
Res: Infancia y Educación Social.
Res: Mediación.
Res: Educación social y personas con discapacidad.
Res: Educación social y Políticas Sociales.
Res: Educación social y Animación Sociocultural.
Res: Educador social y Trabajo con la Comunidad.
Res: Educador social y Personas Mayores.
Res: Salud Mental y Educación social.
ASEDES: Asociación Estatal de Educación social.
V Congreso Estatal de educadoras y educadores sociales
El artículo 3.2 de la vigente Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, se informa que es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión hallarse incorporado al Colegio correspondiente.
Código Deontológico
I Convenio Colectivo Marco Estatal de Acción e Intervención Social
Declarado nulo el I Convenio Marco
Funciones y competencias del Educador Social: Libro Blanco de la ANECA
Ley 1/2001, de 22 de enero de creación del Colegio Profesional de Educadores Sociales.
Estatutos del Colegio de Educadores Sociales de Galicia: Decreto 144/2004 , de 17 de junio. DOG nº 132 Viernes, 9 de julio de 2004.
lunes, 25 de mayo de 2009
jueves, 21 de mayo de 2009
Avisos
1.- Debéis realizar preguntas tipo test para el examen, un mínimo de 5 preguntas por cada tema:
- Situación de desamparo.
- Acogimiento familiar
- Tipologías de situaciones de desprotección infantil.
El examen será sólo tipo test, de 30 preguntas que descontará cada 3 errores, 1 acierto.
2.- El día 3 de junio (miércoles) de 12h a 13, 30h vendrá Mª José Caride en representación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de Galicia, para ofreceros una exposición sobre vuestro Colegio Profesional.
2.- El día 3 de junio (miércoles) de 12h a 13, 30h vendrá Mª José Caride en representación del Colegio Profesional de Educadores Sociales de Galicia, para ofreceros una exposición sobre vuestro Colegio Profesional.
miércoles, 20 de mayo de 2009
miércoles, 13 de mayo de 2009
miércoles, 6 de mayo de 2009
miércoles, 29 de abril de 2009
martes, 28 de abril de 2009
lunes, 27 de abril de 2009
viernes, 24 de abril de 2009
martes, 21 de abril de 2009
2ºCuadrimestre: Actividad de aula nº1
En el libro escrito por VICENTE GARRIDO GENOVÉS (2005) que tiene por título "Los hijos tiranos. El Síndrome del Emperador", publicado en Barcelona, Editorial Ariel, debéis leer el Capítulo 6: La prevención en la familia.
Al leer el capítulo debéis señalar cuáles son las características de los padres competentes. Hay una copia de dicho capítulo en clase, en la fotocopiadora y en mi despacho. El libro está en la biblioteca.
Al leer el capítulo debéis señalar cuáles son las características de los padres competentes. Hay una copia de dicho capítulo en clase, en la fotocopiadora y en mi despacho. El libro está en la biblioteca.
jueves, 16 de abril de 2009
viernes, 27 de marzo de 2009
martes, 24 de marzo de 2009
Estado actual del Sistema de Protección de Menores

"La urgente reforma de la patria potestad"
"El sistema de protección de menores deja sin familia a 14.000 menores"
En España hay unos 33.000 chicos tutelados por la administración. Los abuelos suelen atender a los nietos cuando los padres no pueden.
lunes, 2 de marzo de 2009
El Defensor del Pueblo: Informe de denuncia.

El Defensor del Pueblo, Enrique Mújica, presenta un informe ante la Comisión Mixta del Senado, sobre los Centros de Protección de Menores con trastorno de conducta y en situación de dificultad social:
"En el informe, el Defensor del Pueblo, ha cuestionado el nivel ético y el carácter pedagógico de determinados métodos que se aplican a menores con trastornos de conducta y en dificultad social, destacando la existencia de numerosas irregularidades en la atención a estos jóvenes, como vulneraciones de derechos y castigos "desproporcionados".
" ha destacado la carencia de personal especializado en Psiquiatría y Psicología infantil y juvenil y la amplia variación en lo que respecta a la composición del equipo técnico encargado del cuidado de los menores, dándose el caso de que muchos de estos centros no cuentan en sus equipos con psicólogos, trabajadores sociales y ayudantes técnicos sanitarios".
Ver artículo de la Revista de Psicología INFOCOPLINE
Tras la presentación de los resultados, el Fiscal General del Estado ha dado orden de apertura de diligencias procesales para la investigación de los hechos.
miércoles, 4 de febrero de 2009
Aspectos generales del Código Deontológico (I)

CAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO
"El presente Código se fundamenta legalmente en la Constitución Española, en la Declaración universal de los derechos de las personas (1948), en la Convención Europea para la salvaguardia de los derechos de las personas (1950), en la Carta Social Europea (1965), en la Convención sobre los derechos de los niños/as (Nueva York, 1989), anunciados en la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea (2000) y que fundamentan y legitiman a la educación social como derecho de toda la ciudadanía.
Este derecho se concreta en el reconocimiento de una profesión de carácter pedagógico, generadora de contextos educativos y acciones mediadoras y formativas, que son ámbito de competencia profesional del educador social, posibilitando:
La educación social aparece y se constituye con la base y la finalidad de proporcionar una serie de servicios y recursos educativos al conjunto de la sociedad, de la comunidad y de los ciudadanos que participan en lo social.
La construcción de un código deontológico representa la asunción de la defensa de unos principios éticos comunes a la profesión y orientadores de la práctica, que pasa por la responsabilidad de los educadores/as ante una población, en la mayor parte de las ocasiones, en situación de dificultad y de dependencia y que los sitúa en la posibilidad de modificar esta dependencia a través de un saber y una práctica profesional. Esta capacidad profesional da al educador/a un poder que define la asimetría de la relación educativa.
Es cierto que una relación educativa pasa por la construcción de un pacto de confianza y responsabilización entre las partes, en este sentido es necesario que el educador/a pueda garantizar esta confianza a través de un código deontológico que oriente y limite su poder."
Este derecho se concreta en el reconocimiento de una profesión de carácter pedagógico, generadora de contextos educativos y acciones mediadoras y formativas, que son ámbito de competencia profesional del educador social, posibilitando:
De esta forma, la Educación Social representa, pues, un compendio de conocimientos y competencias que la acción educativa ha de transmitir para que el sujeto pueda incorporarse a su tiempo: socializarse, transitar y promocionar en las redes normalizadas de lo social amplio, así como los efectos educativos, de cambio, desarrollo y promoción que su despliegue debe producir en los grupos y comunidades.-La incorporación del sujeto de la educación a la diversidad de las redes sociales, entendida como el desarrollo de la socialización, la sociabilidad y la circulación social.
-La promoción cultural y social, entendida como apertura a nuevas posibilidades de adquisición de bienes culturales, que amplíen las perspectivas educativas, laborales, de ocio y participación social.
La educación social aparece y se constituye con la base y la finalidad de proporcionar una serie de servicios y recursos educativos al conjunto de la sociedad, de la comunidad y de los ciudadanos que participan en lo social.
La construcción de un código deontológico representa la asunción de la defensa de unos principios éticos comunes a la profesión y orientadores de la práctica, que pasa por la responsabilidad de los educadores/as ante una población, en la mayor parte de las ocasiones, en situación de dificultad y de dependencia y que los sitúa en la posibilidad de modificar esta dependencia a través de un saber y una práctica profesional. Esta capacidad profesional da al educador/a un poder que define la asimetría de la relación educativa.
Es cierto que una relación educativa pasa por la construcción de un pacto de confianza y responsabilización entre las partes, en este sentido es necesario que el educador/a pueda garantizar esta confianza a través de un código deontológico que oriente y limite su poder."
martes, 3 de febrero de 2009
miércoles, 28 de enero de 2009
Código Deontológico del Educador Social

PREÁMBULO
"Entendemos el presente código deontológico como un conjunto de normas que orientan la acción y la conducta profesional, que ayudan al educador y a la educadora en el ejercicio de su profesión y mejoran la calidad del trabajo que se ofrece a la ciudadanía.
Si bien desde los inicios de la profesión, la ética profesional era ya un tema de debate y preocupación para el colectivo, es a raíz del III Congreso Estatal del Educador Social (XV Congreso mundial de la AIEJI), celebrado en Barcelona en junio de 2001, donde se asientan las bases para establecer el compromiso necesario para la elaboración de un código.
En la Asamblea General celebrada en Toledo el 30 de noviembre de 2002, la Junta de Gobierno de ASEDES concretó lo anunciado en dicho Congreso y adquirió el compromiso de desarrollar un código deontológico para la profesión, que presentaría en su siguiente Asamblea General.
Para conseguir este objetivo se crea la "comisión de código deontológico" que plantea una propuesta, sobre ella abre un proceso de participación y debate al colectivo profesional y a grupos de expertos, concluyendo su trabajo con la presentación de este código.
Sirva este código como una guía de actuación, flexible en el tiempo, que pueda recibir las aportaciones de las distintas comisiones deontológicas, de los colegios y las asociaciones profesionales que lo pongan en funcionamiento."
CÓDIGO DEONTOLÓGICO
En la siguiente dirección: www.centrosdemenores.com se recogen testimonio de menores internos en un centro. En esta dirección podréis encontrar más información.
Si bien desde los inicios de la profesión, la ética profesional era ya un tema de debate y preocupación para el colectivo, es a raíz del III Congreso Estatal del Educador Social (XV Congreso mundial de la AIEJI), celebrado en Barcelona en junio de 2001, donde se asientan las bases para establecer el compromiso necesario para la elaboración de un código.
En la Asamblea General celebrada en Toledo el 30 de noviembre de 2002, la Junta de Gobierno de ASEDES concretó lo anunciado en dicho Congreso y adquirió el compromiso de desarrollar un código deontológico para la profesión, que presentaría en su siguiente Asamblea General.
Para conseguir este objetivo se crea la "comisión de código deontológico" que plantea una propuesta, sobre ella abre un proceso de participación y debate al colectivo profesional y a grupos de expertos, concluyendo su trabajo con la presentación de este código.
Sirva este código como una guía de actuación, flexible en el tiempo, que pueda recibir las aportaciones de las distintas comisiones deontológicas, de los colegios y las asociaciones profesionales que lo pongan en funcionamiento."
CÓDIGO DEONTOLÓGICO
En la siguiente dirección: www.centrosdemenores.com se recogen testimonio de menores internos en un centro. En esta dirección podréis encontrar más información.
martes, 27 de enero de 2009
Listado de notas del examen escrito

Estan las notas del examen en el tablón del despacho, podéis pasar a realizar la revisión del examen en las tutorías de la prócima semana, si es que falta alguien.
Cuando revise todas las prácticas y las actividades os avisaré de que tenéis las notas puestas en esos dos apartados.
Cuando revise todas las prácticas y las actividades os avisaré de que tenéis las notas puestas en esos dos apartados.
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