martes, 9 de febrero de 2010

Curso de Psicología Jurídica

  • Psicología Jurídica tiene un método científico de trabajo. Este punto inicial es un rasgo común de otras ciencias, lo que le permite a la Psicología actuar, unas veces paralelamente y otras de forma complementaria, con esas ciencias casi siempre de un modo interdiscipli-nario: tanto en el campo del derecho, como en el de la medicina legal, la pedagogía y el ámbito policial, entre otras.

  • El motivo del proyecto de este curso, que tiene una orientación de futuro para otras ediciones posteriores, es que se conozcan entre sí los distintos profesionales cuya actuación se centra en las áreas de intervención de la Psicología Jurídica.

  • Los asistentes tendrán la oportunidad de conocer, a través de este curso, un campo multiprofesional en el área de la Psicología Jurídica que tendrá, en ediciones futuras, la posibilidad de conocer en profundidad cada una de las áreas de intervención.


  • Organiza UNED-Ourense.
  • Fechas: 22 al 26 de Febrero de 2010
  • Salón de Actos del Centro Cultural de la Diputación.
  • Colabora Colexio Oficial de Psicoloxía de Galicia.

miércoles, 20 de enero de 2010

Actividad nº 4

Foto de Chechi Peinado









  • En las clases de esta semana vamos a realizar preguntas tipo test de los temas vistos hasta ahora.
  • En total son 30 preguntas que se utilizarán para configurar el examen.
  • Fecha de entrega: la próxima semana.
  • Entregar por correo electrónico.


miércoles, 9 de diciembre de 2009

Practica 4

Realizar las actividades que aparecen en el siguiente capítulo.


Capítulo 7. HABILIDADES DE COMUNICACIÓN. (Págs. 93 - 111).

FERNÁNDEZ MILLÁN, J.M.; HAMIDO MOHAMED, A. y FERNÁNDEZ NAVAS, M. (2007) El educador social de menores. Cuaderno de aprendizaje. Madrid: Psicología PIRÁMIDE.

NOTA.- Hay una copia en el tablón de la clase.

Fecha de entrega: última semana de enero de 2010.




sábado, 21 de noviembre de 2009

Del abandono de familia, menores o incapaces


SECCIÓN 3ª

Del abandono de familia, menores o incapaces

Artículo 226

1. El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.

2. El Juez o Tribunal podrá imponer, motivadamente, al reo la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años.

lunes, 16 de noviembre de 2009

Actividad 3

  • Leer y realizar un esquema del
  • Capítulo 2: "Los Servicios Sociales en las Leyes de Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas Españolas." (Págs. 41 a 76).
ALEMAN BRACHO, C. y GARCÍA SERRANO, M. (2005) Servicios Sociales Sectoriales. Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces.




martes, 10 de noviembre de 2009

Práctica 3

  • Define los siguientes conceptos buscando información en fuentes bibliográficas:
  1. Apego
  2. Apego seguro
  3. Apego inseguro
  • Buscando información en fuentes bibliográficas, describe las características de:
  1. Los menores que padecen maltrato físico.
  2. Los menores que padecen maltrato emocional.
  3. Los menores que padecen abusos sexuales.

* Fecha para entregar 25 de Noviembre.