lunes, 18 de febrero de 2008

Ley Orgánica 8/2006 de responsabilidad penal del menor

Transcurridos 5 años desde la aprobación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores se lleva a cabo la reforma ya que las estadísticas muestran un aumento de los delitos cometidos por menores en materia de delitos y faltas patrimoniales, dando la sensación de impunidad en la comisión de éstas infracciones y un aumento significativo de delitos violentos contra las personas.
Con esta reforma se amplían los supuestos de medidas de internamiento en régimen cerrado y se adecua el tiempo de duración de las medidas a la entidad de los delitos y a la edad del menor.
Se le da al juez la facultad de acordar la terminación del cumplimiento de la pena en un centro penitenciario cuando el menor cumpla 18 años y tenga una medida de internamiento en régimen cerrado. se introducen nuevas medidas cautelares.
En esta presentación la profesora de derecho Dra. Inmaculada Valeije Álvarez realiza un estudio detallado de todas las novedades que introduce la nueva ley.

Editado por intereduvigo

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