miércoles, 5 de marzo de 2008

Propuesta de nueva ley de Servicios Sociales

La consolidación de un Estado social y democrático, tal y como lo define la Constitución, ha supuesto la implantación de nuevas alternativas en la protección y promoción social, tanto a iniciativa de los poderes públicos como de la sociedad civil, generándose un proceso de tal dinamismo que dejó obsoletas los planteamientos teóricos heredados del pasado y el marco legal en el que se proyectaban.

A ese dinamismo de la sociedad en la creación y demanda de nuevas formas de garantizar la igualdad y calidad de vida para todos, especialmente para los más desprotegidos, se une el propio de un Estado de autonomías que posibilita la búsqueda de soluciones propias en el marco de distribución competencial que defienen la Constitución y los respectivos estatutos.

En la Constitución española el en art. 148: "Las Comunidades Autónomas podrán asumir las competencias en las siguientes materias: 20. Asistencia social." Y el Estatuto de Autonomía de Galicia, en el Art. 27 "... corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia exclusiva de las siguientes materias: 23. Asistencia social."

El texto legal que está en vigor es la Ley 4/1993, de 14 de abril, de Servicios Sociales y que ahora se está proponiendo su reforma con un Anteproyecto de ley y que se está en contrando con oposición a dicha reforma. En dicha ley se establece un sistema de financiación (Título VII) de acuerdo con la distribución competencial establecida y el principio de responsabilidad pública. Vicepresidencia propone un nuevo sistema de financiación, y existen opiniones críticas con el funcionamiento de los Servicios Sociales (ver Blog), entre ellas algunos alcaldes, y profesionales de los entes locales.


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